Fecha de publicación: Lun, 11/02/2019 - 16:24

Información mínima obligatoria

Estados financieros

Información mínima requerida a Ley 1712 de 2014

  1. Estructura orgánica, funciones y deberes, la ubicación de sus sedes y áreas, divisiones o departamentos, y sus horas de atención al público
  2. Presupuesto general, ejecución presupuestal histórica anual y planes de gasto público para cada año fiscal.
  3. Directorio que incluya el cargo, direcciones de correo electrónico y teléfono del despacho de los empleados y funcionarios y las escalas salariales.
  4. Normas generales y reglamentarias, políticas, lineamientos o manuales, las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos y los resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal e indicadores de desempeño.
  5. Plan de compras anual.
  6. Los plazos de cumplimiento de los contratos contrataciones adjudicadas para la correspondiente vigencia en lo relacionado con funcionamiento e inversión, las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y en caso de los servicios de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico, de conformidad con el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011. En el caso de las personas naturales con contratos de prestación de servicios, deberá publicarse el objeto del contrato, monto de los honorarios y direcciones de correo electrónico, de conformidad con el formato de información de servidores públicos y contratistas.
  7. Plazos de cumplimiento de los contratos.
  8. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.
  9. Contrataciones en curso y un vínculo al sistema electrónico para la contratación pública o el que haga sus veces, a través del cual podrá accederse directamente a la información correspondiente al respectivo proceso contractual, en aquellos que se encuentren sometidas a dicho sistema, sin excepción.
  10. Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención
  11. Trámites (normativa, proceso, costos y formatos o formularios).
  12. Procedimientos que se siguen para tomar decisiones en las diferentes áreas.
  13. Decisiones y/o políticas que hayan adoptado y afecte al público, junto con sus fundamentos y toda interpretación autorizada de ella
  14. Informes de gestión, evaluación y auditoría del sujeto obligado.
  15. Mecanismos internos y externos de supervisión, notificación y vigilancia pertinente del sujeto obligado.
  16. Procedimientos, lineamientos, políticas en materia de adquisiciones y compras, así como todos los datos de adjudicación y ejecución de contratos, incluidos concursos y licitaciones.
  17. Mecanismo de presentación directa de solicitudes, quejas y reclamos a disposición del público en relación con acciones u omisiones del sujeto obligado, junto con un informe de todas las solicitudes, denuncias y los tiempos de respuesta del sujeto obligado.
  18. Mecanismo o procedimiento por medio del cual el público pueda participar en la formulación de la política o el ejercicio de las facultades de ese sujeto obligado.
  19. Registro de publicaciones que contenga los documentos publicados de conformidad con la presente ley y automáticamente disponibles, así como un Registro de Activos de Información.
  20. Datos abiertos, para lo cual deberán contemplar las excepciones establecidas en el título 3 de la presente ley.
  21. Registro de Activos de Información.
  22. Índice de Información Clasificada y Reservada.
  23. Esquema de Publicación de Información.
  24. Programa de Gestión Documental.
  25. Tablas de Retención Documental.
  26. Informe de solicitudes de acceso a la información.
  27. Costos de reproducción de la información pública, con su respectiva motivación


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