Fecha de publicación: Vie, 08/02/2019 - 10:16

RESPONSABILIDADES DE LOS NIVELES LOCALES E INSTITUCIONALES

 a. DIRECCIONES LOCALES DE EDUCACIÓN

Facilitar la comunicación y coordinación entre la Dirección de Bienestar Estudiantil y las instituciones educativas con matrícula oficial, para el adecuado funcionamiento del Programa de Alimentación Escolar.
Realizar seguimiento a las novedades administrativas del PAE, generadas por los colegios de su localidad.
Coordinar y participar en los mecanismos de control social en su localidad.
Atender o tramitar con la Dirección de Bienestar Estudiantil, propuestas, quejas y reclamos formulados por la comunidad en general y las instituciones educativas, relacionadas con el Programa de Alimentación Escolar.
 

b.  RECTORÍAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

-Facilitar las condiciones administrativas, técnicas y logísticas para que los procesos de recepción, almacenamiento temporal, distribución y consumo de los refrigerios escolares se lleve a cabo de manera correcta.

-Realizar seguimiento al Programa de Alimentación Escolar en su IED

-Instaurar el comité de alimentación escolar a principio de cada vigencia y enviar acta de constitución a la SED. 

-Realizar el comité de Alimentación Escolar cada dos meses

-Validar que los estudiantes a atender en cualquiera de las modalidades se encuentren debidamente registrados en SIMAT.

-Reportar las novedades administrativas y técnicas 

Novedades Administrativas: Las instituciones educativas deberán informar a la Dirección de Bienestar Estudiantil y al equipo de interventoría las novedades que conllevan a la cancelación total o parcial del servicio de alimentación escolar, con ocho (8) días hábiles de anticipación y antes de las 5:00 p.m. El reporte debe incluir toda la información necesaria: modalidad de atención, sede, jornada, cantidad y tipo de acuerdo a cada modalidad.

Novedades Técnicas: Las IED deben informar a la DBE y la Interventoría las novedades producto de eventos que surgen durante la recepción y distribución y el consumo de los alimentos pertenecientes a los refrigerios o desayunos o almuerzos escolares; y están asociadas a la calidad e inocuidad de los alimentos, por lo que se clasifican dentro de los grupos de calidad, cantidad, composición, horario, síntomas gastrointestinales, etc.

c. RESPONSABILIDAD DE LOS ESTUDIANTES

-Los estudiantes deben consumir los alimentos en el comedor escolar o en el salón de clase en caso de no contar con comedor escolar, en el horario acordado para tal fin. 

-Los estudiantes deben cuidar los elementos del comedor escolar como sillas, mesas, bandeja, cubiertos, vaso, plato. (Pasa de 2das antes de El consumo de los alimentos en el comedor escolar debe realizarse en máximo 25 minutos después de su recepción, para facilitar el flujo en el comedor escolar).

-En las instituciones educativas en las que se realiza la entrega del Servicio Integral de Almuerzos Transportados (SIAT), los complementos alimentarios son distribuidos directamente en las aulas para su consumo, al finalizar, se debe disponer la bandeja de aluminio en los compartimientos de recolección de residuos sólidos que disponga la institución educativa para tal fin.

-Los estudiantes deben cuidar los elementos del comedor escolar como sillas, mesas, bandeja, cubiertos, vaso, plato

-En las instituciones educativas en las que se realiza la entrega del Servicio Integral de Almuerzos Transportados (SIAT), los complementos alimentarios son distribuidos directamente en las aulas para su consumo, al finalizar, se debe disponer la bandeja de aluminio en los compartimientos de recolección de residuos sólidos que disponga la institución educativa para tal fin.

-Colaborar con el alistamiento y distribución de las canastillas con los refrigerios entregadas en cada salón

-Durante el consumo de los alimentos, los estudiantes deben consumir todos los componentes del refrigerio escolar dentro del salón de clases

-Los estudiantes deben consumir los refrigerios en un tiempo no mayor a dos (2) horas después de su recepción para el caso de la jornada mañana y no mayor a una (1) hora para el caso de la jornada tarde y nocturna. 

-Los estudiantes deben verificar las fechas de vencimiento de los alimentos pertenecientes al refrigerio

-Los estudiantes no deben botar, vender, jugar o retirar de las instituciones educativas los alimentos pertenecientes al refrigerio escolar 

-Reportar al coordinador o responsable de refrigerios, cualquier novedad o irregularidad que se presente con los alimentos del refrigerio escolar o desayuno o almuerzo.

-Los estudiantes deben disponer en los recipientes destinados los residuos inorgánicos y orgánicos

-Participar en el Comité de Escolar, cuando sean convocados.

-Los estudiantes deben acatar todas las normas de bioseguridad antes y durante el consumo de los complementos alimentarios. 


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