Fecha de publicación: Jue, 11/01/2018 - 18:12

A PARTIR DEL 2018, POR DISPOSICIÓN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SERÁN OPERADOS A TRAVÉS DE CUENTAS MAESTRAS

La Secretaría de Educación del Distrito se permite informar a la opinión pública que:

  1. El Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 12829 del 30 de junio de 2017 “por la cual se reglamentan las Cuentas Maestras de las entidades territoriales para la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones en Educación en sus componentes de prestación del servicio, cancelaciones, calidad matrícula y calidad gratuidad”. Para el caso de Bogotá D.C., estos recursos son Administrados por la Entidad Territorial a través de la Secretaría de Hacienda Distrital.

  2. Según las disposiciones de la Resolución citada, que busca el manejo de recursos a través de cuentas bancarias debidamente registradas para la operación de transacciones electrónicas que faciliten el monitoreo y la identificación de los receptores de estos recursos, a partir del mes de enero de 2018, los pagos con cargo al Sistema General de Participaciones (en los componentes anunciados en el anterior punto) serán realizados por la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría de Hacienda Distrital.

  3. Conforme con lo anterior, informamos que a partir del mes de enero de 2018 los pagos que se financien con recursos del Sistema General de Participaciones se sujetarán a la oportunidad en la transferencia de recursos que realice el Ministerio de Educación Nacional y a lo establecido en el artículo 29 de la Ley 1176 de 2007.

  4. El proceso operativo de gestión, distribución y ejecución de recursos para el desarrollo del Plan Sectorial de Educación, seguirá en cabeza de la Secretaría de Educación del Distrito.


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