Fecha de publicación: Mar, 06/10/2015 - 17:13
CONTRATOS PARA ADQUIRIR DOTACIÓN ESCOLAR SE AJUSTAN A LEY
Al realizar la compra de dotaciones escolares, la SED asegura a través de una cláusula, que se mantenga la garantía de calidad de cada uno de los elementos adquiridos por dos años, luego de finalizado el contrato.
Al momento de desarrollar los contratos No. 3627 de 2013 por el valor de $8.102.045.875 para la adquisición de 179.194 elementos y el No. 1997 de 2014 por un valor de $6.510.857.322 para comprar 65.166 elementos, la Secretaría de Educación del Distrito los realiza en el marco de la ley, buscando siempre garantizar todas las condiciones de transparencia e idoneidad, así como la de asegurar la calidad del bien que se adquiere para beneficio de los niños, niñas y jóvenes que los aprovechan durante su aprendizaje y formación integral.
Razón por la cual, la SED señala que la Contraloría Distrital, al momento de realizar la auditoria sobre estos contratos para adquirir dotación y elementos para los colegios, no tuvo en cuenta las características y circunstancias de tiempo, modo y lugar.
La Contraloría audita con base en una cotización en el 2015, cuya solicitud de precio se realiza por unidad, sin incluir aspectos como embalaje, transporte e instalación. Tampoco tiene en cuenta el mantenimiento preventivo, ni correctivo durante la vigencia de la garantía de cada uno de los elementos en los 96 colegios donde se entregó dicha dotación.
Estas fueron condiciones fundamentales para que la Secretaría de Educación adquiriera 65.166 diferentes elementos, entre ellos los balones a través del contrato de suministro No. 1997 de 2014.
Del total de balones adquiridos, la entidad ha recibido a la fecha el reclamo por mal estado de solo 60 balones, que en este momento están en proceso de reposición. En cuanto a los balones de baloncesto, que no rebotan según la contraloría, se trata del balón medicinal que es ovalado y no está hecho para rebotar porque es utilizado para entrenamiento.
Otro punto que Contraloría no tiene en cuenta son las exigencias dentro de los requerimientos técnicos, entro ellos la calidad y características del material. Por ejemplo, en el contrato 3627 con el que se compró el suministro 179.194 elementos se exige dentro de las condiciones técnicas que algunos de estos fueran de madera, mientras que anteriormente se adquirían de plástico, esto modifica sustancialmente el valor.
Es importante tener en cuenta, que esta Administración cada vez ha fortalecido los procesos contractuales, y particularmente, en el caso de estos dos contratos, lo que ha hecho es modificar las condiciones técnicas para mejorar la calidad y durabilidad de los elementos adquiridos.
A la vez, la SED ha asegurado a través de una cláusula que se mantenga la garantía de calidad de los bienes suministrados por dos años luego de finalizado el contrato. Es decir que estos elementos estarán respaldados hasta mediados del año 2017.
Igualmente la Secretaría de Educación se mantiene atenta y realiza monitoreo permanente a este tipo de contratos a fin de adoptar las acciones pertinentes.
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