Fecha de publicación: Vie, 21/09/2018 - 16:50
REQUISITO PARA INSCRIPCIÓN EN ESCALAFÓN DOCENTE DE PROFESIONAL CON TÍTULO DIFERENTE AL DE LICENCIADO EN EDUCACIÓN REGIDOS POR EL DECRETO 1278 DE 2002
La Secretaría de Educación del Distrito recuerda que, de acuerdo con lo señalado en los artículos 12 del Decreto 1278 de 2002 y 2.4.1.4.1.4 del Decreto 1075 de 2015, los docentes regidos por el Decreto 1278 de 2002, cuyo título profesional sea diferente al de licenciado en educación, deberán acreditar título de posgrado en educación o haber cursado o estar cursando un programa de pedagogía, antes de quedar en firme la calificación de superación del periodo de prueba.
La inscripción en el Escalafón Docente Oficial del profesional con título diferente a licenciado en ciencias de la educación que haya aprobado el periodo de prueba, se efectuará con el certificado de haber cursado y aprobado el programa de pedagogía o con el título del postgrado en educación, observando que, si este se realizó en el exterior, el título debe estar convalidado por el Ministerio de Educación Nacional.
Quien acredite estar cursando un programa de especialización, maestría o doctorado en educación, adicional a ello, debe anexar la certificación de la respectiva institución de educación superior en la que se indique el plazo máximo con el que cuenta el profesional para cumplir con los requisitos de grado y obtener el correspondiente título académico. Cumplido el plazo se le requerirá al profesional para que allegue el título.
Es preciso observar, que el programa de pedagogía (480 horas de trabajo académico) debe haberse realizado en una institución de educación superior en los términos del Capítulo 3, Titulo1, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015.
El profesional que en los términos señalados no acredite haber realizado y aprobado el programa de pedagogía o después de ser requerido el título de postgrado en educación, se le negará la inscripción en el escalafón y, en consecuencia, no tendrá derechos de carrera.
Es importante tener en cuenta que, además de la obligatoriedad legal que imponen las normas que regulan la materia, la Secretaría de Educación del Distrito propende por la garantía de una educación pública de calidad y, en tal medida, el cumplimiento de las disposiciones legales respectivas redundará en una mejor educación para las niñas, niños y jóvenes de la ciudad.
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